El Pleno

El Pleno está integrado por el Alcalde y los Concejales y es el máximo órgano de representación política de los ciudadanos en el gobierno municipal. Tiene entre otras las siguientes atribuciones: la fiscalización y control de los órganos de gobierno, la elección y destitución del Alcalde, la aprobación y modificación de las ordenanzas y reglamentos municipales, la aprobación de los presupuestos, los acuerdos relativos a la delimitación y alteración del término municipal, la determinación de las formas de gestión de los servicios, los acuerdos de participación en organizaciones supramunicipales, etc.

El Alcalde convoca y preside las sesiones del Pleno. No obstante, podrá promover, al inicio del mandato, la designación por el Pleno de un Presidente y un Vicepresidente.

Las sesiones plenarias se celebran actualmente en el Palacio de Cibeles, cuyo Salón de Plenos fue inaugurado por Su Majestad el Rey Don Juan Carlos el 29 de noviembre de 2011. Hasta esa fecha las sesiones del Pleno se celebraban en la denominada Casa de la Villa, edificio histórico situado en el número 5 de la Plaza de la Villa.

Las sesiones pueden ser ordinarias, extraordinarias o extraordinarias de carácter urgente. Todas ellas han de ser convocadas con, al menos, dos días hábiles de antelación, salvo las extraordinarias de carácter urgente cuya convocatoria con este carácter deberá ser ratificada por el Pleno. Las ordinarias se celebran con una periodicidad mensual y las sesiones extraordinarias cuando así lo decida el Presidente o lo solicite la cuarta parte, al menos, del número legal de Concejales.

Como regla general, las sesiones del Pleno son públicas.

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