Cómo crear y registrar una asociación

 Si habéis pensado crear una asociación, debéis tener en cuenta lo siguiente:

  • La asociación debe tener unos fines.
  • Debe organizarse internamente de forma democrática.
  • Tiene que contar con al menos tres personas socias fundadoras:
  • Si las personas fundadoras son personas físicas necesitarán tener capacidad de obrar y no estar sujetas a condiciones legales para su ejercicio.
  • Podrán ser socios, los menores no emancipados de más de 14 años, siempre que cuenten con el consentimiento, documentalmente acreditado, de las personas que deban suplir su capacidad.
  • En el caso de que las personas fundadoras de la asociación sean personas jurídicasde naturaleza asociativa o institucional, deberá existir un acuerdo expreso.

El procedimiento a seguir para crear la asociación será el siguiente:

  • En primer lugar, empezaremos por suscribir un acta fundacional (documento público o privado). En esta acta se incluirá la aprobación de los estatutos. El otorgamiento del acta fundacional determina la personalidad jurídica y plena capacidad de obrar de la asociación, sin necesidad de inscripción en ningún registro.
  • En segundo lugar, se deberá hacer la inscripción en un registro público. El registro en el que se debe hacer dependerá del ámbito de actuación de la asociación:
  • La entidad precisará de un NIF, y la petición se realizará ante la Administración de Hacienda. Para ello se deberá presentar:
    • Original y copias, de los estatutos, sellados por el registro correspondiente.
    • Acta fundacional.
    • Modelo cumplimentado de impreso de “declaración censal 036”.
    • NIF de una de las personas fundadoras.

  • También será útil abrir una cuenta en una entidad bancaria con la copia de los estatutos, el NIF de la asociación y un certificado del acta fundacional.
  • Por último, será necesario acudir al Registro Mercantil para cumplir con las obligaciones documentales y contables mediante los libros de actas, de socios y de contabilidad.

En el caso de que preciséis realizar cualquier consulta relativa a estos trámites en materia legal o fiscal, contad con nuestro Servicio de Asesoramiento Integral a Entidades ciudadanas - Ayuntamiento de Madrid

 

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