Convocatoria pública de subvenciones para el fomento del asociacionismo para las anualidades 2026 y 2027
El Ayuntamiento de Madrid ha publicado, con fecha 7 de enero de 2026, la convocatoria pública de subvenciones del Área de Gobierno de Vicealcaldía, Portavoz, Seguridad y Emergencias para el fomento del asociacionismo para las anualidades 2026 y 2027.
Esta convocatoria tiene por objeto fomentar la participación y fortalecer el tejido asociativo madrileño, así como consolidar la democracia participativa, apoyando a entidades ciudadanas que desarrollen proyectos que promocionen el asociacionismo y la democracia participativa mediante la mediación y las labores de información, orientación, formación y capacitación. Asimismo, es una convocatoria dirigida a sufragar gastos de funcionamiento de sedes sociales u otros espacios en los que la entidad desarrolle habitualmente sus actividades.
La finalidad de esta convocatoria de subvenciones es la promoción del tejido asociativo y la participación de las entidades ciudadanas del municipio de Madrid, contribuyendo a consolidar la democracia participativa, la continuidad y crecimiento de las entidades y a favorecer su correcto funcionamiento durante los años 2026 y 2027.
En concreto, la presente convocatoria, proporcionará recursos a las entidades, al objeto de que fortalezcan las relaciones entre las personas asociadas, puedan captar nuevas personas que deseen asociarse, garanticen su correcto funcionamiento y desarrollen sus actividades, promoviendo así su implicación y participación en la actividad municipal y reforzándose así la intervención comunitaria, con el objetivo de dar respuesta a los requerimientos derivados de la situación económica y social actual, fortalecer la capacidad de adaptación y superación de la ciudadanía madrileña ante la misma y contribuir a que la población más vulnerable no pase a convertirse, a corto plazo, en población más desfavorecida, con el consiguiente riesgo de deterioro de la vida comunitaria en todas sus vertientes.
Igualmente, se financiarán proyectos bienales de las entidades sin ánimo de lucro para el desarrollo de actuaciones de mediación y gestión de conflictos de carácter comunitario y de actuaciones de información, orientación, formación y capacitación para facilitar el acceso a la red básica de Servicios Municipales y la creación de redes asociativas.
Entidades destinatarias: La convocatoria se dirige exclusivamente a federaciones, confederaciones, uniones de asociaciones de base y, en su caso, agrupaciones de entidades. También a asociaciones de base que promuevan la realización de actividades en Cañada Real Galiana y Cañada Real de Merinas, dentro del término municipal de Madrid. Todas las entidades deben estar inscritas en la sección 1ª del Censo Municipal de Entidades y Colectivos Ciudadanos del Ayuntamiento de Madrid; así como en la categoría principal que corresponda en aquellos ámbitos de actuación que así lo exijan. En el caso de las federaciones, confederaciones o uniones de asociaciones de base además habrán de encontrarse inscritas como tales en los correspondientes registros públicos o depósitos de estatutos según su normativa de aplicación.
Modalidades: Como en ocasiones anteriores la convocatoria prevé 2 modalidades a las que se pueden presentar solicitudes:
Modalidad “Proyectos”, dirigida a financiar proyectos bienales de fomento del asociacionismo que conlleven el fortalecimiento de las relaciones entre entidades, para el caso de las organizaciones de segundo grado o que faciliten las relaciones entre asociados, para el caso de asociaciones de base o de primer grado; así como financiar proyectos que impulsen la captación de nuevas personas socias de las entidades ciudadanas y para proyectos que promuevan la implicación y la participación en la actividad municipal de las entidades ciudadanas. También proyectos que promocionen la democracia participativa mediante una intervención centrada en la gestión y la mediación en conflictos de carácter comunitario.
La modalidad de proyectos se divide, a su vez, en 6 ámbitos de actuación:
1º Fortalecimiento: destinado a consolidar el tejido asociativo de la ciudad.
2º Cañada Real: destinado a la mejora de las condiciones de vida de los habitantes de este ámbito territorial.
3º Vecinal: destinado a la promoción del asociacionismo y la cultura participativa entre el tejido asociativo vecinal.
4º Educativo: destinado a la promoción del asociacionismo y la cultura participativa entre el tejido asociativo del sector educativo.
5º Mediación: destinado a la gestión y mediación de conflictos comunitarios.
6º Orientación: destinado a labores de información, orientación, formación y capacitación.
Mediante esta modalidad se subvencionarán proyectos bienales, cuyo plazo máximo de ejecución de los proyectos subvencionados será el comprendido entre el 1 de enero de 2026 y el 31 de diciembre de 2027.
Modalidad “Gastos de funcionamiento de sedes sociales u otros espacios”, dirigida a financiar gastos de mantenimiento, alquiler y desarrollo tecnológico para el funcionamiento de la sede social u otros espacios en los que las entidades ciudadanas desarrollen sus actividades habituales que se encuentren ubicados en el término municipal de Madrid.
Los gastos corresponderán al periodo comprendido entre el 1 de enero de 2026 y el 31 de diciembre de 2027.
Requisitos: Las entidades ciudadanas solicitantes deberán reunir, a la finalización del plazo de presentación de solicitudes, y mantener durante el periodo que disfruten de la condición de beneficiarias los requisitos establecidos en el apartado 9 de la convocatoria.
Presentación de solicitudes: Se presentarán electrónicamente accediendo a la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Madrid https://sede.madrid.es. Las solicitudes de subvención se formalizarán en el modelo que figura como solicitud de subvención en la convocatoria. Para la modalidad de “Proyectos”, junto a la solicitud de subvención, se acompañará una memoria explicativa del proyecto que corresponde al anexo I. Para la modalidad de “Gastos de funcionamiento de sedes sociales u otros espacios”, junto a la solicitud de subvención, se acompañará el modelo anexo II. La documentación complementaria para cada modalidad se detalla en el apartado 10 de la convocatoria.
Además, las agrupaciones de entidades que se presenten deberán adjuntar el Anexo III debidamente cumplimentado y firmado por cada una de las entidades que componen dicha agrupación.
Cuantía de la convocatoria: El importe total destinado a esta convocatoria se cifra en dos millones ochocientos sesenta mil euros (2.860.000 €) para las dos modalidades, de los cuales, un millón cuatrocientos treinta mil euros (1.430.000 €) corresponderán al ejercicio 2026 y un millón cuatrocientos treinta mil euros (1.430.000 €) corresponderán al ejercicio 2027, conforme a las cuantías que se establecen a continuación.
El importe total destinado a la modalidad de “Proyectos”, para cada uno de los dos años que comprende la convocatoria, será de un millón trescientos treinta mil euros (1.330.000 €), que se distribuirá entre los 6 ámbitos de actuación definidos en el apartado 4.a) de esta convocatoria de la siguiente forma:
a) Ámbito de actuación “Fortalecimiento”: 550.000 euros.
b) Ámbito de actuación “Cañada Real”: 100.000 euros.
c) Ámbito de actuación “Vecinal”: 180.000 euros.
d) Ámbito de actuación “Educativo”: 100.000 euros.
e) Ámbito de actuación “Mediación”: 200.000 euros.
f) Ámbito de actuación “Orientación”: 200.000 euros.
Por su parte, el importe total destinado a la modalidad de “Gastos de funcionamiento de sedes sociales u otros espacios”, para cada uno de los dos años que comprende la convocatoria, será de 100.000 euros.
Pago del importe concedido: El libramiento del primer pago de la subvención se efectuará con cargo al presupuesto 2026 y el segundo con cargo al presupuesto 2027. El importe concedido y su pago se dividirán por partes iguales en cada uno de los ejercicios 2026 y 2027.
Justificación de la subvención: La presentación de la cuenta justificativa se realizará en el primer trimestre del año 2028.
La justificación se realizará:
a) En el caso de que el importe total concedido a la entidad beneficiaria para las dos anualidades sea igual o superior a 30.000 euros, la cuenta justificativa se realizará mediante informe de auditor.
b) En el caso de que el importe total concedido a la entidad beneficiaria para las dos anualidades sea inferior a 30.000 euros, la cuenta justificativa se realizará mediante informe de auditor o con aportación de justificantes de gastos, a elección de la entidad beneficiaria.
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BOAM nú 10038/36 (07/01/2026) - Decreto de 18 de diciembre de 2025 de la Delegada del Área de Gobierno de Vicealcaldía, Portavoz, Seguridad y Emergencias por el que se acuerda la aprobación de la convocatoria pública de subvenciones para el fomento del asociacionismo para las anualidades 2026 y 2027.
Bases de la convocatoria
- Subvenciones para el fomento del asociacionismo 2026-2027