Luz verde a las medidas que sistematizan los tributos y precios públicos municipales

El Pleno aprueba las Ordenanzas Fiscales 2017

29/12/2016
  • La inmensa mayoría de las ordenanzas que han pasado por el Pleno Extraordinario entrarán en vigor el próximo 1 de enero
  • El impacto económico de estas modificaciones en las ordenanzas fiscales es de 1.153.529 euros, cantidad que supone un porcentaje muy pequeño en los ingresos totales del Ayuntamiento (un 0,02% del total de los no financieros)
  • Aumentará la bonificación en el IBI por la instalación de sistemas de energía solar
  • La Ordenanza Fiscal que regula el SER reduce el tiempo mínimo de estacionamiento de veinte a cinco minutos
  • La rebaja de la tasa para los vehículos ECO alcanza el 50%, mientras que los más contaminantes pagarán más
  • Se establece una nueva tasa por el uso de cajeros automáticos propiedad de las entidades financieras

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El Pleno Extraordinario del Ayuntamiento de Madrid ha aprobado hoy (jueves 29 de diciembre) las Ordenanzas Fiscales y Precios Públicos para 2017. El conjunto de estas medidas, que regulan los tributos y precios públicos municipales, persiguen un reparto más equitativo de la carga impositiva.

La Corporación municipal ha votado la modificación de la Ordenanza Fiscal General de Gestión, Recaudación e Inspección; la Ordenanza Fiscal Reguladora del Impuesto de Bienes Inmuebles (IBI); la Ordenanza Fiscal Reguladora del Impuesto sobre Actividades Económicas (IAE); la Ordenanza Fiscal Reguladora del Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras (ICIO); la Ordenanza Fiscal Reguladora de la Tasa por Servicios y actividades relacionados con el Medio Ambiente; la de Estacionamiento Regulado (SER); y la de Realización de Actividades, entre otras, hasta completar un total de 12.

Las ordenanzas entrarán en vigor a partir del 1 de enero de 2017, excepto algunos elementos de la que reglamenta el Estacionamiento Regulado, que lo harán el 1 de junio. Del conjunto sobresalen el cambio en la tasa del SER –que reduce el tiempo mínimo de estacionamiento de veinte a cinco minutos y rebaja la tasa para los vehículos ECO hasta el 50%, mientras que los más contaminantes pagarán más–, la creación de una nueva tasa a los cajeros automáticos y el incremento del ITVM para los vehículos de mayor cilindrada.

El impacto económico de estas modificaciones en las ordenanzas fiscales es de 1.153.529 euros, siguiendo un espíritu de progresividad en la recaudación. Esta cantidad supone un porcentaje muy pequeño en los ingresos totales del Ayuntamiento (un 0,02% del total de ingresos no financieros).

Ordenanza Fiscal reguladora del Impuesto de Bienes Inmuebles (IBI)

Se incluye en la ordenanza el incremento del porcentaje de bonificación por la instalación de sistemas de aprovechamiento de la energía solar (del 40% al 50%).

También se permite que el Pleno de la Corporación, tras un análisis de la situación económica, social, jurídica y fiscal de los mercados municipales pueda acordar una bonificación en el impuesto para reactivar, impulsar y fomentar su actividad.

Ordenanza Fiscal reguladora del Estacionamiento de Vehículos en determinadas zonas de la capital

Entre las novedades destaca la reducción del tiempo mínimo de estacionamiento de veinte a cinco minutos, lo que agilizará los estacionamientos, desincentivará el aparcamiento en doble fila y se adaptará mejor a las necesidades de la ciudadanía.

El Ayuntamiento flexibiliza a partir del 1 de junio de 2017 el tiempo de estacionamiento en las zonas del SER para que el ciudadano pueda adaptarlo mejor a sus necesidades. Por eso se ha calculado una tarifa inicial de cinco minutos, al considerar que es lapso temporal mínimo para realizar cualquier gestión o trámite. En la actualidad el tiempo mínimo de estacionamiento es de 20 minutos.

La fracción de cinco minutos costará entre 5 céntimos en plazas azules y 15 en plazas verdes. El reducido coste incentivará, previsiblemente, el estacionamiento ordenado y contribuirá a reducir la doble fila. Además, se registrará más uso de los estacionamientos (al ocupar los vehículos menos tiempo las plazas de estacionamiento podrán ser más los que aparquen en esas zonas). En el Área Diferenciada de Larga Estancia se mantiene en una hora el mínimo de estacionamiento.

Se modifican los recargos y reducciones por tecnología del vehículo: se establecen recargos del 25% y reducción del 50% y del 10% (actualmente hay recargos y reducciones del 20% y del 10%).

La Ordenanza contempla también el establecimiento de una nueva tarifa para los vehículos comerciales e industriales, que podrán elegir entre la tarifa actual de un estacionamiento máximo diario –continuado o no– de cinco horas, u optar por una ampliada que permite un máximo de ocho horas.

Quedan suprimidos los recargos y reducciones por nivel de ocupación del barrio o casco histórico en el momento del estacionamiento. El Ayuntamiento considera que son suficientes los incrementos anteriores, a lo que hay que unir las dificultades técnicas para determinar dicho nivel de ocupación justo en el momento en el que va a estacionar un vehículo.

Y, por último, cambian algunos aspectos de la gestión, de menor entidad, con el objeto de favorecer su eficacia.

La Ordenanza entrará en vigor el 1 de enero de 2017, a excepción de los siguientes cambios, que lo harán el próximo 1 de junio:

- Las modificaciones referidas a la adaptación de las nuevas tipologías de vehículos; las tarifas establecidas por tiempo inferior a 20 minutos; los recargos y reducciones por tecnología del vehículo; y la implantación del régimen recaudatorio de liquidación.

El motivo de que entren en vigor el 1 de junio obedece a la necesidad de garantizar la adecuada implementación de los sistemas informáticos requeridos para el funcionamiento de las medidas propuestas.

Ordenanza de Vehículos de Tracción Mecánica

Aumentan hasta el máximo legal las cuotas correspondientes a los dos últimos tramos de turismos (los de 16 hasta 19,99 caballos fiscales y turismos de 20 caballos fiscales en adelante) y a los dos últimos tramos de “otros vehículos” (motocicletas de más de 500 hasta 1.000 centímetros cúbicos y motocicletas de más de 1.000 centímetros cúbicos).

Esta última medida produce un incremento en la recaudación de 2.499.750 euros.

Ordenanza de la Tasa por Aprovechamiento Especial del Dominio Público Local por el uso de cajeros automáticos (nueva)

Se establece una nueva tasa por el uso de cajeros automáticos propiedad de las entidades financieras colocados en línea de fachada y a los que solo se tiene acceso directo desde la vía pública.

Características: 1.- La cuota es una cantidad fija por categoría fiscal de calle en la que se ubica el cajero. 2.- Se establece, como sistema de gestión recaudatoria, para el primer año (2017), liquidación y en años sucesivos padrón o matrícula.

La tasa la pagarán las entidades bancarias, como ya ocurre en numerosos municipios españoles. Esta nueva tasa presenta un rendimiento para 2017 en la recaudación de 745.405 euros.

Ordenanza de Gestión, Recaudación e Inspección

El impacto económico derivado de la elaboración de un nuevo Índice Fiscal de Calles se produce en cada uno de los tributos a los que se aplica dicho Índice.

Ordenanza del Impuesto sobre Actividades Económicas (IAE)

La elaboración del nuevo Índice Fiscal de Calles incide en el IAE, produciéndose una disminución en la recaudación  de 219.673 euros. Esta revisión supondrá una sensible bajada a dos terceras partes de los recibos de IAE (66% y 22.209 recibos) frente a una subida al 34% y 11.519 recibos.

El estudio estadístico de la Dirección General de Catastro permite ver que hay calles cuyo valor ha mejorado y otras cuyo precio ha bajado. Ajustando dicha variación, a las calles encuadradas en el índice fiscal 1 se les incrementa el IAE el 3,14%, mientras que a las del índice fiscal 6 se les aumenta el 5,47%. Sin embargo, a las de índice fiscal 9 se les rebaja casi un 11%. Es una medida redistributiva, si bien hay que subrayar que el IAE solo afecta a grandes negocios (en ningún caso al pequeño comercio)

Ordenanza del Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras

La incorporación de la bonificación a favor de obras realizadas en zonas de rehabilitación declaradas por el Ayuntamiento de Madrid supone una disminución de 1.185.383 euros en la recaudación.

Ordenanza de servicios y actividades relacionados con el Medio Ambiente

Sin impacto económico en el presupuesto.

Ordenanza de prestación de Servicios en Galerías Municipales

Se modifica la ordenanza para la introducción de dos servicios nuevos que van a ser sometidos a gravamen (por la realización de replanteos y por visitas). Implica un aumento en la recaudación de 105.023 euros.

Ordenanza de entrada y visitas al Planetario de Madrid

Se incorpora una tarifa reducida, igual que la existe para mayores de 65 años, a favor de las personas que se encuentren en situación de desempleo, así como a las personas en situación de discapacidad. Por cada 15 alumnos será gratuita la entrada de un profesor.

Ordenanza de utilización privativa o aprovechamiento especial del dominio público local en lo relativo a los pasos de vehículos (vados)

La reforma afecta a la fórmula de cálculo de la cuota, que vendrá determinada a partir de dos variables: la de ocupación y la de intensidad de uso. Es decir, la tasa ya no tendrá un precio fijo, sino que se establecerá en función de variables particulares de ocupación e intensidad de uso de cada espacio dedicado a vado. De esta forma, la tasa es mucho más justa y baja para una parte importante de los contribuyentes.

Esta medida supone un descenso en la recaudación de 3.075.952 euros.

La aprobación de esta ordenanza es, además, coherente con la reciente sentencia del Tribunal Supremo del 15 de diciembre, que no acepta como válido que el precio a pagar dependa de un tipo de interés fijo.

Ordenanza de precios públicos por la prestación de servicios o la realización de actividades

Hace referencia a los precios públicos del Centro Integral de Formación de Seguridad y Emergencias (CIFSE). Su incidencia en el presupuesto es irrelevante./

 

 

 

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